Solicitud de aclaración presentada por la Universidad de Antioquia es rechazada por la JEP

FECHA:

La institución universitaria había presentado una aclaración para conocer el tipo de vinculación que tienen en las medidas cautelares, tomadas por esa Jurisdicción, por el sellamiento del laboratorio de Osteología y Antropología Forense.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó este martes la solicitud de aclaración que había presentado la Universidad de Antioquia (UdeA), sobre las medidas cautelares que tomaron para preservar y proteger cerca de 300 cuerpos no identificados que están en el laboratorio de osteología antropológica, algunas de las cuales podrían pertenecer a personas dadas por desaparecidas en el marco del conflicto armado.

En la solicitud de aclaración, la UdeA pedía conocer qué tipo de vinculación tienen en el proceso que adelanta la JEP para estudiar medidas de protección de 17 lugares donde, según el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE), habría cuerpos de personas dadas por desaparecidas. Sin embargo, la Jurisdicción rechazó la solicitud por considerarla extemporánea.

«La Jurisdicción tiene plena competencia para vincular, requerir e incluso imponer medidas cautelares que afecten a terceros, en aras de garantizar los derechos de las víctimas, como ocurre en este caso en el que se busca preservar los lugares en donde se presume que existen cuerpos de personas dadas por desaparecidas, con el propósito de garantizar su búsqueda, hallazgo, así como su eventual identificación y la entrega digna a sus familiares y allegados», dice la JEP.

En la solicitud, la universidad pedía ser informada sobre el “tipo de vinculación de la Universidad de Antioquia en el proceso”, ya que, dijeron, la Ley Estatutaria de la JEP prohíbe que la institución educativa sea un sujeto procesal en la Jurisdicción. Aunque permitió la protección de esos restos óseos que estaban en su laboratorio y que provienen de los cementerios El Universal (Medellín) y cementerios comunitarios de los municipios de Sabanalarga, Barbacoas y Peque (áreas colindates con el proyecto Hidroituango).

Estas medidas cautelares fueron tomadas desde octubre del año pasado, luego de la audiencia de la JEP sobre el caso de Hidroituango. En esta diligencia, “la JEP encontró que el laboratorio no tiene una clasificación, registro y organización documental adecuada de los cuerpos que allí han sido trasladados”. Además de que las investigaciones adelantadas por la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) encontraron que había restos óseos con señales de armas de fuego y otras violencias.

Por esa razón, la Jurisdicción declaró el sellamiento parcial y temporal del laboratorio, con el objetivo de que los restos óseos que están allí fueran preservados e identificados. A este lugar solo puede ingresar el personal de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (UIA), la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) y el Instituto Colombiano de Medicina Legal y Ciencias Forenses, hasta determinar la identidad de los restos óseos.

Sobre los 17 lugares protegidos por la JEP, la Unidad de Víctimas presentó una solicitud a la Jurisdicción el pasado 17 de abril, con la que pretendía anular la protección de estos sitios, argumentando que «la Sección de la JEP por su afán de justificar como incluir una medida restaurativa que se adopta al final del procedimiento, termina por deslegitimar, violar, desconocer el alcance de las medidas cautelares y de paso vulnerar los derechos de las víctimas ya reconocidas con un Plan de Reparación ya adoptado y que no es simplemente ampliarlo y se solucionó el tema, pues como se explicará en el siguiente numeral, los Planes de Reparación Colectiva, son supremamente complejos y no obedecen a una lógica que la JEP interpreta”.

Esta solicitud fue rechazada por la Jurisdicción y la magistratura señaló que “la petición de la UARIV es contraria al mandato de la JEP y a los derechos de las víctimas de desaparición forzada del conflicto armado, como lo establece el Código General del Proceso, la jurisprudencia de las Altas Cortes y los principios de las nulidades, normas a las que la JEP se remitió para tomar la decisión”.

Colombia en Transición se comunicó con la Universidad de Antioquia para conocer su postura frente a la solicitud rechazada, pero no obtuvo respuesta.

Tomado de El Espectador

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