También la Sección resolvió que la Sala debió pronunciarse de fondo sobre la excepción de inconstitucionalidad pedida por los abogados que interpusieron el recurso. Y agregó que aunque la Sección de Apelación estaba conminada a hacerlo, al momento en que se produjo el Auto 131 de 2019 (20 de marzo de 2019) resultaba innecesario pronunciarse, ya que la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 75 de la Ley 1922.
La JEP es nuestro juez ahora, por mandato constitucional, con respecto a lo que sucedió en el conflicto. Es mi juez natural. Como lo he hecho con la Fiscalía, estoy presto a colaborar y a declarar. Si me requieren, allá estaré.
Como medida de satisfacción de los derechos de las víctimas, el informe recomienda que se promueva la realización de actos tempranos de reconocimiento de responsabilidad y perdón y restablecimiento de la dignidad y buen nombre de las víctimas, previamente concertados con ellas.
En la misiva, el Movimiento Ríos Vivos y el Colectivo de Abogados aseguran tener conocimiento “de líderes y lideresas sociales que han sido víctimas de homicidios en las últimas semanas, que es un elemento adicional que ustedes deben tener en cuenta para una toma de decisiones integral y fundamentada de acuerdo a estas realidades”.