Categoría: Corte Suprema de Justicia

Según lo ha expresado Santrich, acudirá a cualquier llamado que le haga la Corte Suprema de Justicia. Ese alto tribunal estudia su caso, luego de que determinara que tiene fueron constitucional por ser congresista y que es esa alta corte, y no la Fiscalía, la que debía llevar la investigación en su contra. Esa determinación se dio luego de que el Consejo de Estado le mantuviera la investidura a Santrich.

A Seuxis Paucias Hernández Solarte el Consejo Nacional Electoral, en Resolución de 28 de julio de 2018, le confirió la investidura como representante a la Cámara. Y el Consejo de Estado, en decisión de Sala Plena recién confirmada, negó la solicitud de pérdida de investidura y reconoció que no ha podido posesionarse por motivos de fuerza mayor no atribuibles por su culpa. Ninguna decisión de amparo transitoria o provisional para suplir la curul puede afectar esta condición.

Martínez renunció a la Fiscalía General el miércoles de la semana pasada, después de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió concederle al exjefe de las Farc Jesús Santrich, requerido por Estados Unidos por narcotráfico, la garantía de no extradición.

La CCEEU y la PCDDD manifiestan que la Corte Suprema de Justicia y la Procuraduría General de la Nación deben garantizar la continuidad de las investigaciones que involucran al saliente Fiscal y los funcionarios de la Fiscalía que hayan incurrido en conductas al margen de la ley y deben velar por el respeto a las decisiones de la JEP para evitar rupturas del orden Constitucional colombiano.

Concluyó entonces la Corte que “la conciliación hizo parte de una serie de actos jurídicos que carecían de validez, no porque no pudieran suscribirse en determinada fecha, o no tuvieran la virtualidad de autocomponer disputas laborales, sino porque el consentimiento del trabajador estaba viciado”. Es decir, el dinero que recibió como indemnización fue más una presión final en un entorno de discriminación constante.

En ese sentido, y atención a los parámetros establecidos por la Ley 600 de 2000 (antiguo Código de Procedimiento Penal), un Fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos acusó por los delitos de secuestro simple y homicidio agravado a los siguientes integrantes del Comando Central del ELN: