Categoría: Hernán Darío Velásquez Saldarriaga

Cabe recordar que Velásquez Saldarriaga, por no comparecer a contribuir efectivamente a la satisfacción de los derechos de las víctimas, a la verdad y a la reparación, incumplió sus obligaciones con el Sistema integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, particularmente con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), organismo de justicia de dicho sistema. Por esta razón, el exmiembro de las Farc-EP en este momento no es elegible para la sanción propia como lo dispuso la Sala en el Auto 061 de 2019.

En su concepto a la JEP, el ente de control señaló que el incidente de verificación de incumplimiento permite establecer que Velásquez Saldarriaga de manera reiterativa y no justificada ha incumplido la obligación de comparecer ante la Jurisdicción Especial para la Paz, sin que haya justificado de forma válida, personal o a través del abogado asignado por el sistema de defensa, su renuencia a comparecer ante los llamados de la Sala de Reconocimiento de Verdad.