Categoría: Magistrado Carlos Bernal

Para la Corte la prohibición del consumo de alcohol y sustancias psicoactivas en el espacio público no es válida pues la ley no justifica cómo la vía pública se protege al prohibirse que alguien use alcohol o drogas en esas zonas. «Por ejemplo, si una familia tiene un almuerzo en un parque, y está tomando unas cervezas o un vino, estaría incursa en el comportamiento del Código, aunque esa conducta no tenga la potencialidad de dañar el espacio público», explicó la magistrada Fajardo.