Hombre acusado de amenazar al alcalde de Cartagena acepta cargos

FECHA:

En un video habría anticipado posibles acciones violentas en contra del mandatario y promovido desordenes en la ciudad por una medida administrativa que prohibía el parrillero en motocicleta. 

Fiscalía General de la Nación (FGN)

CARTAGENA, BOLÍVAR, COLOMBIA (23 ABR 2024) – La Fiscalía General de la Nación ha imputado a Ramiro Andrés Ramos Bolívar por la publicación de un video en redes sociales en el que amenazaba al alcalde de Cartagena, Dumek Turbay Paz. El video, que circuló el pasado 12 de marzo, mostraba a un hombre con pasamontañas anunciando posibles acciones violentas contra el mandatario y llamando a desórdenes en la ciudad, en protesta por una medida administrativa que prohibía llevar parrillero en motocicleta.

La investigación, llevada a cabo por fiscales de la Seccional Bolívar y el Grupo de Amenazas de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, permitió identificar a Ramos Bolívar como el autor del material audiovisual. La difusión del video causó alarma en la comunidad y preocupación por la seguridad del alcalde Turbay Paz.

Ante las evidencias presentadas, la Fiscalía imputó a Ramos Bolívar el delito de amenazas contra defensores de derechos humanos y servidores públicos. Durante el proceso judicial, el acusado aceptó los cargos, presentó disculpas formales al alcalde y se comprometió a no repetir tales acciones.

Este caso destaca la importancia de la responsabilidad en el uso de las redes sociales y las consecuencias legales de incitar a la violencia o al desorden público.

A.U.


La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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