SEGOVIA, ANTIOQUIA, COLOMBIA (13 ABR 2024) – En una operación coordinada entre las Fuerzas Militares y el CTI de la Fiscalía General de la Nación, se logró la localización y destrucción de una pista clandestina y una aeronave monomotor en la vereda Cancha Manila, zona rural del municipio de Segovia, Antioquia. Este operativo es parte del Plan de Campaña Estratégico Conjunto Ayacucho -Tiempo 2-, enfocado en debilitar las capacidades logísticas y operativas de las disidencias de las Farc, actualmente aliadas con el ELN.
La pista, de 460 metros de largo por 25 de ancho, y la aeronave, diseñada para cuatro personas, eran utilizadas por la Subestructura Cuatro del autodenominado Estado Mayor Central de las disidencias de las Farc. Según los informes militares, estas instalaciones servían para la movilidad y ejecución de ataques contra la Fuerza Pública y la población civil, además del tráfico de armas, dinero y minerales.
Tras un meticuloso trabajo de inteligencia, la operación culminó con la destrucción segura de ambas infraestructuras, reduciendo significativamente las capacidades delictivas de estos grupos armados y afectando sus redes logísticas y criminales.
Además, se reforzó la seguridad en la zona con el propósito de continuar con la búsqueda de más integrantes de esta estructura criminal y garantizar la seguridad y el bienestar de la población civil que transita y labora diariamente en esta región. Las Fuerzas Militares reiteran su compromiso de mantener la presencia institucional en el área y aseguran continuar las operaciones para brindar tranquilidad a los habitantes.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.