Ocho años de cárcel para presunta recaudadora del EGC en Meta

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Imagen de miembros de las AGC, tomada del Canal de YouTube de Análisis Urbano.

VILLAVICENCIO, META, COLOMBIA (7 MAY 2024) – Sandra Milena Sánchez Quintero ha sido condenada a 8 años y 6 meses de prisión por su participación en actividades de extorsión y concierto para delinquir agravado, asociadas al Ejército Gaitanista de Colombia en el departamento del Meta. La sentencia fue dictada por un juez especializado de conocimiento, tras un proceso llevado a cabo por la Fiscalía General de la Nación.

Durante el periodo comprendido entre 2018 y 2020, Sánchez Quintero desempeñó un papel clave como recaudadora de fondos para la organización criminal. Actuando en conjunto con otras mujeres, exigía pagos bajo amenaza a agricultores de las localidades de Lejanías, Vistahermosa y Granada en Meta. Los agricultores afectados realizaban los pagos a través de giros, y los fondos recaudados eran luego entregados a Juan David Parra Contreras, conocido por los alias «Carlos» o «Miguel», quien era el cabecilla del ‘Clan del Golfo’ en la región.

La condena de Sánchez Quintero marca un avance significativo en los esfuerzos por combatir las actividades criminales del EGC, especialmente en las áreas rurales del Meta, donde este grupo ha ejercido considerable influencia. La sentenciada deberá cumplir su condena en un establecimiento carcelario, lo que subraya la firme respuesta del sistema judicial colombiano frente a los delitos de extorsión y asociación criminal.

A.U.


La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.